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La jornada laboral, jornada de trabajo o tiempo de trabajo es el número o la cantidad de horas totales que un trabajador o trabajadora llevará a cabo a lo largo de un mismo día en el ejercicio de su actividad. No obstante, también podemos hablar de jornada laboral semanal, mensual o anual, que, en cada uno de los casos correspondería al número total de horas trabajadas a la semana, al mes o al año respectivamente. Sea como sea, conocer cuál es nuestra jornada laboral y calcularla nos ayudará a saber cómo son nuestras condiciones de trabajo, así como los derechos y las obligaciones que tenemos por ello.
El cálculo de la jornada laboral está regulado a nivel internacional, y aunque en función de cada país pueda variar, lo normal es una jornada laboral de 40 horas semanales. El cálculo de la jornada laboral es muy importante porque nos permite hacer una balanza por ejemplo de cuál será nuestro salario, de lo que recibiremos económicamente en función de cuál sea nuestra jornada de trabajo. Lo mismo para nuestro sueldo bruto y para nuestro sueldo neto, ya que en función de la jornada y de la actividad que desempeñemos todo podrá variar.
Es imprescindible además que cada trabajador activo lleve a cabo el cálculo de su jornada laboral para no exceder del máximo de horas anuales trabajadas, que en parte dependerán del Convenio Colectivo que rija en la empresa para la cual trabaja. ¡No nos detengamos más! Vamos a descubrir cómo se calcula nuestra jornada de trabajo paso a paso y qué elementos necesitamos tener en cuenta para proceder a su cálculo.
Así funciona la calculadora de la jornada laboral
Calcular tu jornada laboral te contamos paso a paso como hacerlo, de forma que ateniendo al Artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores puedas tener todos los detalles la relación entre cada uno de los días hábiles en base a la jornada efectiva por día.
Con estos 5 pasos podrás calcular tu jornada de trabajo:
- En primer lugar sobre "número de días en un año" tendrás que seleccionar si se trata de un año normal o de un año bisiesto.
- En segundo lugar, tendrás que indicar el número de sábados y de los domingos que tiene el año, aunque esto podrá variar en función de la empresa y del contrato de trabajo que se tenga.
- En tercer lugar, deberán ser indicados los días festivos y los festivos considerados como locales, que dependerán de tu CCAA.
- Indicados los pasos anteriores, en esta ocasión deberás indicar el número de días de vacaciones.
- De forma particular, en última instancia añadirás cuáles son las horas de tu jornada laboral al día, tanto si es una jornada completa de 8 horas como si es una jornada media de 4 horas o lo que corresponda en función de tu contrato laboral.
Por último, indicados todos y cada uno de estos campos, tendrás que hacer clic sobre el botón "calcula". Automáticamente aparecerá un gráfico indicando el número de días no laborales, el número de días laborales y el total de horas anuales.
¿Qué debemos tener en cuenta para calcular la jornada laboral?
En el artículo 40.2 de la Constitución Española se reconoce que la jornada laboral debe ser completamente legal y debe garantizar el tiempo de descanso de cada uno de los trabajadores. En este sentido, se afirma que la jornada laboral no podrá superar las 40 horas semanales, por lo que si a través de tu cálculo observases que esto excede tendrías que corroborarlo.
Además, las sentencias del Tribunal Superior de Justicia establecen que:
- La jornada laboral contemplará 30 días de vacaciones, por lo que de los 365 días que tiene el año, solamente se trabajarán 335 días, el resto tendrán esta finalidad de descanso.
- Que a los 335 días trabajados habrá que restarle los festivos laborales, que pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma. Así se recoge en el Artículo 37.2 de la Ley del Estatuto del Trabajador. Por lo tanto, a los 335 días les restaremos los 14 días de festivos laborales y serán 321 días.
- El Artículo 37.1 de la Ley del Estatuto del Trabajador comprende que los trabajadores descansarán día y medio a la semana en el ejercicio de su actividad. Así, a los anteriores 321 días deberemos restarles 78 días, que son resultado de ese día y medio semanal multiplicado por las 52 semanas que tiene el año, que serán 243 días de trabajo.
Por tanto, para calcular nuestra jornada laboral deberemos tener en cuenta que el número máximo de horas anuales será de 1944 horas de trabajo, resultado de multiplicar esos 243 días por el máximo de 8 horas laborales por día.
Todo esto es lo que influye en tu jornada de trabajo y que tendrás que constatar para no exceder de ese máximo de horas diarias, especialmente en aquellos casos en los que se trate de un contrato indefinido de 8 horas o 40 horas semanales.
Calcular la jornada de trabajo no es lo mismo que calcular el tiempo de trabajo efectivo, que son las horas reales que se trabaja productivamente. Dentro de la jornada laboral pueden contemplarse las pausas, los descansos y los ladrones de tiempo.
¿Hay una fórmula para calcular la jornada laboral?
Lo que debemos hacer para calcular manualmente la jornada laboral es hacer una multiplicación entre lo que dura nuestra jornada de trabajo diaria de forma normal por el número total de los días considerados como laborales, es decir, los citados 243.
Si en tu caso has observado que el número de horas anuales es en exceso deberás recurrir al departamento de Recursos Humanos para comprobarlo, ya que de excederse tal y como comentamos, se procede a recibir una indemnización, compensación o retribución de esas horas de más que han sido trabajadas, ya que se trata de horas extraordinarias.
Días laborales = días del año (365 o 366) - días no laborales.
Horas anuales = días laborales * horas al día.
Este es el ejemplo que te ayudará a comprender cómo calcular tu jornada laboral
Mediante un ejemplo comprobaremos cómo se procede al cálculo de la jornada laboral en base a un caso ficticio donde:
- El año tiene un total de 365 de los cuáles trabajados serán 243.
- La jornada laboral es de 8 horas al día, que son 40 a la semana.
- Se contemplan 78 días de descanso, 14 festivos laborales y 30 días de vacaciones.
- Adicionalmente los días de vacaciones serán 5 más: por motivos personales, consecución de objetivos empresariales y aniversario. En un caso en el que una persona empleada lleva trabajando durante 12 meses consecutivamente, ¿cuál sería su jornada laboral? ¿Cuántas horas debería haber trabajado?
En base a la fórmula: Horas anuales = días laborales * horas al día.
- Los días no laborales son = 78 +14 +35 = 127.
- Los días laborales: 365 - 127 = 238.
- Horas anuales = 238 * 8 = 1904 horas laborales en el cómputo anual y 238 días trabajados.
¿Y cómo se calcula el porcentaje de jornada a tiempo parcial?
Esta duda suele ser habitual entre los trabajadores, porque así como en el caso de una jornada completa sí se establecen un máximo de 40 horas de trabajo, en este caso no hay un máximo establecido por la Ley.
Entendiendo que una jornada a tiempo parcial o media jornada sería de 4 horas, esto daría lugar a 20 horas de trabajo a la semana.
Igualmente, habría que tener en cuenta para este cálculo el número de horas establecidas por el Convenio particular y los 243 días de trabajo.
¿Se puede calcular la jornada laboral en Excel?
Gracias a herramientas como Excel se puede llevar a cabo un registro de la jornada laboral, lo que te permitirá calcular tanto desde el punto de vista del empleado como desde el punto de vista de human resources llevar un control de las horas de entrada, de salida y el cómputo diario, semanal, mensual o anual.
¿Qué sucede con los tiempos de descanso en la jornada laboral? ¿Se incluyen?
En este cálculo de la jornada laboral, en función de la empresa y del Convenio al que esté adscrito el tiempo de descanso en la jornada laboral podrá variar.
En este sentido, en el Artículo 34 del Estatuto del Trabajador se establece que:
«Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo.
En el caso de los trabajadores menores de dieciocho años, el periodo de descanso tendrá una duración mínima de treinta minutos, y deberá establecerse siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de cuatro horas y media.»