Buscar por:

Calculadora de ERTE

0,00
Por favor, introduzca su salario medio de los últimos 6 meses.
Por favor, elige número de hijos
Importe Periodo
# Importe Primeros Meses Periodo Primeros Meses Importe Siguentes Meses Periodo Sigiuentes Meses Importe total - Cobro único
1

Tanto si tenemos que aplicar un ERTE en nuestra empresa, como si formamos parte de él debido a las circunstancias económicas del momento, como puede ser el escenario originado por una pandemia como el coronavirus, deberemos saber cuánto cobraremos de prestación por desempleo como consecuencia de dicho ERTE. Por eso hemos desarrollado esta calculadora online para saber el paro que nos corresponde tras aplicar el ERTE.

Descubre cómo funciona la calculadora de ERTE

De forma automática podremos saber cuál será la prestación o subsidio por desempleo a recibir. Estos son los 2 datos que necesitamos para calcular nuestro paro 

  1. En primer lugar, tendrás que señalar cuál es la media de base de cotización de estos últimos 6 meses en cuanto a términos económicos.
  2. En segundo lugar, en "número de hijos a su cargo" deberás indicar si posees o no hijos bajo tu manutención o tutela. La opción cero si este no es tu caso,  y en caso afirmativo indicar el número de 1 o más de 1.

Una vez rellenados todos los campos deberás hacer clic sobre el botón "calcula" y automáticamente conocerás cuál será el importe económico a recibir en los primeros meses, y el número de meses en los que recibirás esa cantidad, el importe que recibirás pasados esos primeros meses y el periodo de tiempo en el que podrás disfrutar del paro especificado con la siguiente cuota o cuantía.

Recuerda en cualquiera de los casos que los resultados de esta calculadora no son vinculantes y será en el SEPE donde puedan atenderte de forma específica.

La base reguladora: la clave para calcular la prestación por desempleo en un ERTE

El cálculo de las prestaciones por desempleo a las que tienen derecho los trabajadores usa como referencia la base reguladora, y en el caso de los ERTEs no iba a ser menos.

Lo primero que debemos saber es que la base reguladora depende de lo que haya cotizado cada trabajador durante un periodo de tiempo concreto y previamente al momento de solicitar la prestación. En concreto, es un porcentaje de esta base reguladora lo que se percibe en la prestación por desempleo de los ERTE.

Esto quiere decir que cuánta mayor haya sido la base de cotización del empleado, mayor será la base reguladora, lo que a su vez se traduce en una mayor cantidad de prestación a percibir; y viceversa.

Pero ¿cuánto se puede llegar a cobrar por un ERTE?

En circunstancias normales la ley española establece las siguientes condiciones para cobrar el paro correspondiente tras un ERTE:

  • Durante los primeros 6 meses: el trabajador cobra el 70% de la base reguladora
  • A partir del séptimo mes: el empleado pasará a cobrar el 50%
  • Se necesita al menos un año cotizado durante los últimos 6 años trabajados.
  • Si no tenemos derecho a la prestación por desempleo pero sí al subsidio, la cuantía será del 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiple, aunque habrá que cumplir con el requisito de haber trabajado a jornada completa durante el último contrato.

No obstante, también debemos tener en cuenta que existe un mínimo y un máximo de prestación por desempleo establecidos por el SEPE anualmente, las cuáles variarán si tenemos hijos a nuestro cargo o no.

Cantidad máxima y mínima de prestación por desempleo 2020
Número de hijos Máximo Mínimo
Sin hijos 1098,09€ 501,98€
Con 1 hijo 1254,96€ 671,4€
Con más de 1 hijo 1411,83€ 671,4€

¿Y en caso de un ERTE como el del coronavirus?

Tras la crisis económica provocada por la pandemia del coronavirus, España ha eliminado el requisito de acumular al menos un año cotizado durante los últimos 6 años trabajados.


De hecho, la base cotizadora de la Seguridad Social se calcula en base a la media de las bases reguladoras de los últimos 6 meses de trabajo cotizado por contingencias comunes, o lo que es lo mismo: los últimos 180 días trabajados teniendo en cuenta los días naturales de cada mes, y por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales previas a la situación legal de desempleo o al momento en que se detuvo la obligación legal de cotizar.

Del mismo modo, las prestaciones por desempleo fruto de todos aquellos ERTEs causados por el coronavirus no se descontarán del paro, es decir, que los trabajadores no consumirán parte del paro acumulado a lo largo de su vida laboral.

A esto hay que añadirle otra peculiaridad, pues las empresas siguen obligadas a pagar la aportación correspondiente a la Seguridad Social, tanto si se aplica un ERTE de suspensión temporal de empleo como si se trata de un ERTE de reducción de jornada.

Ejemplo de cómo calcular el paro del ERTE con la base reguladora

Vamos a suponer que nuestro salario bruto es de 1000 euros y hemos cotizado durante los últimos 6 meses o 180 días.

Para calcular la prestación por desempleo de los primeros 6 meses deberemos calcular el 70% de la base reguladora:

En cambio, para saber cuánto cobraremos los próximos meses deberemos calcular el 50% de la base:

De tal forma que la prestación por desempleo durante el ERTE sería:

Prestación durante los primeros 6 meses 700€
prestación a partir del mes 7 500€

¿Qué pasa si somos despedido tras un ERTE?

En caso de que el ERTE se convirtiera en un ERE, en circunstancias normales el paro puede verse afectado porque durante el ERTE hemos estado consumiendo parte de la prestación por desempleo. En cambio, tras un ERTE por coronavirus no tendremos este problema porque la prestación por desempleo durante el Expediente de Regulación Temporal de Empleo no se consume paro acumulado.

¿Y cuántas vacaciones corresponden tras un ERTE?

Dado que un ERTE implica la ausencia de relación laboral durante un periodo de tiempo y, por tanto, no consta de jornada laboral ni desempeño de funciones, durante un ERTE completo no se generan días de vacaciones. Como consecuencia la cantidad de días de vacaciones anuales que corresponden al trabajador se ven reducidas en función del tiempo que dure dicho ERTE.

Sólo los ERTE con reducción de jornada generan días de vacaciones, pero en proporción a las horas trabajadas durante el mismo.

  • ¿Te ha servido de ayuda?
  • SiNo

Artículos relacionados

  • Vacaciones pendientes

    Las vacaciones son un derecho por lo que debemos saber qué hacer con aquellas vacaciones que no han sido disfrutadas por el trabajador y están pendientes.

  • Despido colectivo

    El despido colectivo es un tipo de despido en grupo, pero debemos conocer los requisitos necesarios para poder aplicar este despido amparados por la ley.

  • ERE

    Conoce cómo afectan los despidos o suspensiones del trabajo fruto de los EREs, sus causas, los tipos de ERE que existen y el paro que se cobra por un ERE.

  • Empresa

    Ni todas las empresas son iguales, ni basta con una idea para montar un negocio. Conoce en qué se basa la creación de una empresa y qué tipos de empresa hay.

  • ERTE

    Si vas a sufrir un Expediente de Regulación Temporal de Empleo necesitas saber cómo funciona, sus causas, cantidad de trabajadores mínima y el paro por ERTE.