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Cómo calcular el paro de los autónomos

Para calcular el paro que le corresponde debe introducir la base de cotización de los últimos 12 meses

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Paro Autónomo
# Media últimos 12 meses Paro Autónomo
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El derecho a paro de los autónomos depende de múltiples factores, desde la cuota de autónomos que pagamos, hasta la base imponible, pasando por el tiempo de cotización y la situación personal que tengamos, Por eso hemos desarrollado esta calculadora online que nos permite saber cuánto podemos llegar a cobrar de paro si trabajamos por cuenta propia.

¿Cómo funciona esta calculadora para el paro de los autónomos?

A la hora de hacer el cálculo de la prestación por desempleo para los autónomos debemos tener a mano los siguientes datos:

  • La base reguladora
  • La cantidad de cotización en los últimos meses
  • El tiempo que tenemos cotizado

El paro de los autónomos ¿cómo se calcula?

La prestación por desempleo de los autónomos usa como referencia la base reguladora del autónomo. En concreto, la cantidad de paro de un autónomo consiste en el 70% de la cotización que estemos pagando.

Sin embargo, a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, en el caso de los autónomos no se toma como referencia la base reguladora del último mes. En su lugar se saca una media de los últimos 12 meses que hemos trabajado como autónomos antes de cesar nuestra actividad.


Esto quiere decir que cuanta más alta sea nuestra base reguladora, mayor prestación por desempleo podremos recibir.

¿Qué tener en cuenta a la hora de calcular el paro de un autónomo?

Además de considerar los factores de cotización como autónomos, tiempo y vida personal, existen una serie de requisitos que debemos cumplir para poder cobrar nuestra prestación por desempleo como autónomos:

  • Estar dados de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA)
  • Haber cotizado como mínimo 12 meses antes de solicitar la prestación
  • Tener registrado de forma legal el cese de nuestra actividad como autónomos y tener suscrito el compromiso de actividad
  • No llegar a la edad de jubilación
  • Tener pagadas todas las cuotas a la Seguridad Social
  • No haber perdido la licencia para ejercer por motivos penales.

Máximos y mínimos del paro para autónomos

El cálculo del máximo y el mínimo que puede cobrar de paro un autónomo se basa en el IPREM, también conocido como Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Este establece un máximo del 175% del IPREM, mientras que el mínimo lo fija en el 80% del IPREM. A pesar de que este indicador se puede calcular diaria, mensual y anualmente, para calcular el paro de los autónomos necesitamos basarnos en el mensual.

¿Y si tenemos hijos?

Efectivamente, además del IPREM hay otro factor que afecta al máximo y al mínimo de paro al que pueden acceder los autónomos: los hijos, desde si tenemos o no hasta la cantidad de hijos a nuestro cargo.

Cantidad máxima (año 2020) Cantidad mínima (año 2020)
Sin hijos 175% = 1.098,09€ 80% + 1/6 = 501,98€ (entre 248,5€ y 250,99€ si es media jornada)
Con 1 hijo 200% = 1.254,86€ 107% + 1/6 = 671,40€ (entre 334,87€ y 335,70€ si es media jornada)
Con más de 1 hijo 225% = 1.411,83€ 107% + 1/6 = 671,40€ (entre 334,87€ y 335,70€ si es media jornada)

Aprender a calcular el paro como autónomo con un ejemplo

Si tenemos dudas a la hora de comprender este cálculo, un caso práctico nos puede ayudar a resolverlas. Vamos a suponer que nuestra base reguladora es te 1.500€, la cuál se ha mantenido así en los 12 meses previos a nuestro cese de la actividad y le aplicamos el 70% que hemos comentado antes:

En caso de cotizar al mínimo o el máximo la cosa cambiaría de la siguiente manera:

Mínimo
Cotización Prestación
Autónomos 286,1€ 200,2€
Autónomos societarios 367,8€ 257,6€
Máximo
Cotización Prestación
Autónomos 1.233,2€ 863,1€
Autónomos societarios 1.233,2€ 863,1€

No obstante, en caso de cotizar más de estas cifras, existe un límite de prestación por desempleo, al igual que sucede con el mínimo.

Cantidad máxima (año 2020) Cantidad mínima (año 2020)
Sin hijos  1.098,09€
  • 501,98€ para jornadas completas
  • 248,5€ - 250,99€ para medias jornadas
Con 1 hijo  1.254,86€
  • 671,40€ para jornadas completas
  • 334,87€ - 335,70€ para medias jornadas
Con más de 1 hijo 1.411,83€
  • 671,40€
  • 334,87€ - 335,70€ para medias jornadas

¿Cuánto tiempo podemos los autónomos cobrar el paro?

Tan importante es saber la cantidad de prestación por desempleo que vamos a percibir como la duración de la misma. De hecho, al igual que para la cuantía se tiene en cuenta la cantidad de cotización, para la duración se tiene en consideración el periodo de cotización, de tal manera que dan lugar a los siguientes periodos de paro:

Periodo cotizado Duración del paro
De 12 a 17 meses 2 meses
De 18 a 23 meses 3 meses (menores de 60 años) y 4 meses (para mayores de 60 años)
De 24 a 29 meses 4 meses (menores de 60 años) y 4 meses (para mayores de 60 años)
De 30 a 35 meses 5 meses (menores de 60 años) y 8 meses (para mayores de 60 años)
De 36 a 42 meses 6 meses (menores de 60 años) y 10 meses (para mayores de 60 años)
De 43 a 47 meses 8 meses (menores de 60 años) y 12 meses (para mayores de 60 años)
48 meses o más 12 meses (independientemente de la edad)

Pago único: cobrar el paro de autónomos en una sola vez

Los autónomos, al igual que los trabajadores por cuenta ajena, tenemos derecho a solicitar el pago único de nuestra prestación por desempleo, es decir, que nos abonen en una sola entrega el valor actual que tiene el importe total del paro.

No obstante, por muy interesante que parezca esta opción, debemos de ser conscientes de que este tipo de pago único del paro sólo podemos obtenerlo si cumplimos una serie de requisitos:

  • Tener concedida la prestación por cese de actividad
  • Tener como mínimo 6 meses pendientes de cobrar
  • Demostrar que vamos a realizar una actividad nueva como trabajador autónomo o vamos a formar parte de una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral o mercantil, ya sea nueva o esté en funcionamiento. Incluso podemos haber tenido algún tipo de contrato laboral con la misma previamente.
  • No superar el tiempo máximo de 1 mes para empezar a desarrollar la nueva actividad
  • Acreditar mediante la documentación correspondiente el comienzo de la actividad
  • Emplear la cantidad recibida a la aportación social obligatoria si vamos a participar en una cooperativa o sociedad laboral / mercantil o invertirla en el capital necesario para poner en march el desarrollo de la nueva actividad.

¿Qué autónomos tienen derecho a cobrar el paro?

La prestación por desempleo para autónomos cubre a los siguientes grupos:

  • Los miembros del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA)
  • Autónomos que formen parte del Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
  • Trabajadores por cuenta propia pertenecientes al Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

¿Cuándo podemos empezar a cobrar el paro los autónomos?

El cobro de la prestación por desempleo comenzará el primer día del siguiente mes en el que hayamos cesado la actividad y hayamos presentado la documentación de su solicitud a tiempo.

¿Cuándo pedir la prestación por desempleo para autónomos?

Una vez hemos cesado nuestra actividad tenemos hasta el último día del mes siguiente para poder solicitar el paro. Para ello deberemos dirigirnos a:

  • El SEPE si tenemos concertada la protección con el Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • La mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social con la que tengamos el acuerdo de cobertura por cese
  • El Instituto Social de la Marina si tenemos el convenio con ellos.
  • ¿Te ha servido de ayuda?
  • SiNo

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