Calculadora de finiquito
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¿Te han despedido o crees que te van a despedir y quieres saber cuánta indemnización te corresponde? ¿Estás pensando en cambiar de trabajo y rescindir tu contrato o no renovar? Con esta calculadora podrás saber cuál es la cantidad de finiquito que te correspondería en función del tipo de contrato y el salario bruto anual, así como la indemnización que debería pagar tu empresa según la forma de despido.
¿Cómo funciona esta calculadora de finiquito e indemnización por despido?
Esta calculadora es polivalente puesto que permite calcular tanto el finiquito, es decir, el dinero que nos corresponde por la finalización del contrato, incluyendo el sueldo que falta por cobrar, las pagas pendientes de cobro o los días de vacaciones pendientes de disfrutar; así como la indemnización que nos corresponde en caso de que nos despidan, salvo que el despido sea disciplinario.
El uso de esta calculadora de finiquito es muy sencillo si seguimos las instrucciones que aparecen a continuación. Te recomendamos que tengas a mano la documentación de tu contrato laboral y tus nóminas para poder completar los datos correctamente.
- En la primera casilla deberemos introducir el Sueldo Bruto Anual, dato que podremos encontrar en nuestro contrato de trabajo.
- En la segunda casilla hay que elegir la cantidad de pagas que tenemos al año: esto implica tanto el salario mensual como las pagas extras. En el caso de que las pagas extra sean prorrateadas deberemos elegir 12, pero si no están incluidas en el sueldo mensual y las recibimos como un extra en determinados meses del año, entonces elegiremos 14.
- En la tercera casilla pondremos el primer día de trabajo que consta en nuestro contrato con la forma de Día, Mes y Año en formato numérico. Ejemplo: 04/09/2019
- En la cuarta casilla escribiremos el último día de trabajo, fecha que contará en la documentación de finalización del contrato. Este dato también debe ir con la forma de Día, Mes y Año en formato numérico siguiendo el ejemplo 04/10/2019
- En la quinta casilla los datos que necesitaremos son los días de vacaciones al año, teniendo en cuenta que pueden ser días naturales o días laborales, por lo que la cantidad puede variar en función del contrato o la empresa.
- En la siguiente casilla, deberemos indicar cuántos días hemos disfrutado del total de días de vacaciones de los que disponemos al año.
- Por último, la casilla de Indemnización deberemos rellenarla sólo en el caso de que nos hayan despedido y dicho despido no sea disciplinario. Esta indemnización puede ser de 3 tipos:
- 20 días por año trabajado en el caso de que el despido sea objetivo
- 33 días por año trabajado en el caso de que sea un despido improcedente en un contrato posterior a la reforma laboral del 2012
- 45 días por año trabajado en el caso de que fuera un despido improcedente de un contrato que comprende un periodo laboral anterior a la reforma de 2012. De hecho, si se trata de una indemnización mixta, es decir, la relación laboral ha comprendido un periodo anterior a la reforma laboral del 2012 y un periodo posterior a dicha reforma, no podremos calcular la indemnización por despido correctamente con esta calculadora.
Una vez hayamos introducido todos estos datos en la calculadora, pulsaremos el botón de Calcular finiquito y automáticamente nos aparecerá una tabla en la que se nos desglosa todo el dinero que nos corresponde por finiquito y por indemnización en caso de que tengamos derecho a ella:
- La cantidad de dinero que nos corresponde por el último mes
- El dinero que nos corresponde por las vacaciones que no hemos disfrutado
- La cantidad que nos corresponde por las pagas extra
- El dinero que nos corresponde por la indemnización si hemos sido despedidos
- La cantidad de finiquito Bruto total
- La cantidad de retención del IRPF que se aplica a ese finiquito bruto
- Y la cantidad de finiquito neto total que nos corresponde tras el IRPF, en caso de que se nos aplique. Esta es la cantidad de dinero que recibiremos finalmente en nuestra cuenta bancaria.
¿Qué debemos tener en cuenta a la hora de calcular el finiquito?
A la hora de calcular el dinero que nos debe la empresa cuando finaliza nuestra relación laboral debemos tener en cuenta que no todas las finalizaciones son iguales por lo que deberemos calcular los importes derivados de los conceptos que aparecen a continuación en base al tipo de finalización que hayamos tenido:
Las mensualidades no pagadas
Si faltan mensualidades enteras por pagar, será suficiente con que las sumemos. En cambio, si sólo falta por abonar el mes en curso, tendremos que dividir la mensualidad en 28, 30 o 31 días en función del mes que sea y sumar la parte de días ya transcurridos antes de la finalización.
Las vacaciones no disfrutadas o acumuladas
En este caso necesitaremos contar todos los días que hemos trabajado ese año hasta el día de nuestra finalización y calcular los días de vacaciones que nos corresponden por ese periodo.
Después, tenemos que restarle los días de vacaciones que hayamos disfrutado ya ese año y finalmente multiplicar el resultado por el salario diario que hemos calculado previamente en el paso anterior de las mensualidades no pagadas.
Los pluses no recibidos en los últimos 12 meses
Este cálculo dependerá de los pluses específicos que tengamos basados en las condiciones que tengamos estipuladas en el contrato o el convenio colectivo al que pertenezcamos.
Parte proporcional de las pagas extra si no están prorrateadas
Salvo que la relación laboral acabe el día 30 del mes o las pagas extraordinarias estén prorrateadas, habrá una parte de pagas extra que se nos deba y que tendremos que calcular siguiente los siguientes pasos:
- Calcular los días que han pasado desde el 1 de enero (en caso de que la relación laboral finalice en los primeros 6 meses del año) o desde el 1 de julio (si finaliza en los últimos 6 meses del año)
- Dividir la cantidad de la paga extraordinaria entre 182,5 para saber qué parte de esa paga nos corresponde por cada día
- Multiplicar esa cantidad diaria de paga extra por los días que hemos calculado en el primer paso para saber los días que han pasado desde el 1 de enero (en caso de que la relación laboral finalice en los primeros 6 meses del año) o desde el 1 de julio (si finaliza en los últimos 6 meses del año).
Si hay indemnización por despido hay que incluirla
Este cálculo es distinto a todos los anteriores porque depende del tipo de despido. Básicamente consiste en multiplicar los años que hemos trabajado en la empresa por los días de paga que debemos percibir según cada tipo de despido.
Con este ejemplo comprenderemos mejor el cálculo del finiquito
Vamos a suponer que un trabajador es despedido el 2 de octubre del año 2000, tras ocupar su puesto de vigilante de seguridad en una industria durante 2 años. Por contrato, cobraba un salario base de 480,81 euros, un plus de nocturnidad de 42 euros y dos pagas extras de 480,81 euros cada una. Además, había disfrutado ya de cinco días de vacaciones.
Paso 1: calcular el salario del último mes inacabado
El salario mensual del trabajador es de 522,81 euros (salario base + plus de nocturnidad). Esto debemos dividirlo entre 30 días para saber el salario diario:
Como sólo trabajó dos días del mes de octubre, el sueldo que le corresponde es:
Paso 2: calcular las vacaciones pendientes
Debemos convertir los días de vacaciones en dinero, por lo que primero debemos calcular los días trabajados teniendo en cuenta que el 2 de octubre de 2000 fue su última jornada laboral, por lo que llevaba 272 días trabajados ese año:
A continuación, para saber cuántos días de vacaciones le corresponden hay que formular una regla de tres. Salvo condiciones especiales recogidas en convenio, se suelen asignar 30 días de vacaciones por año trabajado: en 360 jornadas de trabajo me corresponden 30 días, luego en 272 jornadas de trabajo me corresponderán x días de vacaciones.
Días trabajados | Días de vacaciones |
---|---|
360 | 30 |
272 | X |
Sin embargo, el trabajador ya había disfrutado 5, por lo que deberemos restarle esos 5 a los 23 días que le corresponden por tiempo trabajado:
Ahora, para convertirlo en dinero debemos multiplicar esas vacaciones no disfrutadas por el salario diario del trabajador:
Paso 3: calcular pagas extras
Por último hay que tener en cuenta las últimas pagas extras que cobró: la primera el 1 de enero de 2000 y, la segunda, el 1 de julio de ese mismo año.
Si queremos hallar el cálculo de la paga de Navidad, tenemos que volver a hacer una regla de tres, teniendo en cuenta los días que han pasado desde que se cobró cada paga.
Si en la primera paga en 360 días cobró 480,81 euros, en 272 cobrará x euros:
Días trabajados | Cantidad paga extra |
---|---|
360 | 480,81€ |
272 | X |
En la segunda paga extra, la de verano, si en 360 días cobró 480,81 euros, en 92 días cobrará x euros, es decir:
Días trabajados | Cantidad paga extra |
---|---|
360 | 480,81€ |
92 | X |
Las dos pagas extras suman:
Paso 4: calcular el resultado final
El finiquito, finalmente, queda de la siguiente manera: salario del último mes + vacaciones + pagas extras:
¿Quién tiene derecho a finiquito?
El finiquito es un derecho que tienen todos los trabajadores cuando finalizan su relación laboral con una empresa, ya sea por finalización del contrato, por despido o por baja voluntaria. De hecho, el trabajador tiene derecho a su finiquito incluso si es un despido procedente por culpa del trabajador, aunque en este caso lo que no tiene es derecho a la indemnización por despido improcedente.
¿Cuándo se considera que un despido es improcedente?
Existen varios motivos por los que se suele considerar un despido como improcedente:
- Cuando un juez declara el despido como improcedente.
- Cuando la empresa reconoce la improcedencia en el acto de conciliación laboral
- Cuando el trabajador solicita finalizar la relación laboral por acoso
- Cuando el trabajador solicita finalizar la relación laboral por adeudo de salarios.
¿De qué depende la cantidad de indemnización por despido cobrada?
Para calcular el importe de la indemnización que nos corresponde por un despido improcedente se tiene en cuenta 3 elementos:
- Nuestro salario: concretamente el salario bruto
- Nuestra antigüedad: cuánta más antigüedad tengamos más indemnización nos corresponderá
- El tipo de despido: a día de hoy esta indemnización sólo está disponible para el despido objetivo y el despido improcedente, quedando excluido el despido disciplinario.
¿Cuántos días por año trabajado me corresponden?
Normalmente, para calcular los días que nos corresponden por despido se aplican los siguientes intervalos:
- 33 días por año si el despido ha sido improcedente
- 20 días por año si el despido ha sido colectivo como puede ser un ERE.
¿Cómo se calcula el finiquito por baja voluntaria?
Cuando la decisión de finalizar la relación laboral es del trabajador no existe el derecho a la indemnización, por lo que los únicos datos que debemos tener en cuenta para calcular el finiquito son:
- Las mensualidades no abonadas
- Los pluses no percibidos
- Las vacaciones no disfrutadas o acumuladas de otros periodos
- La parte proporcional de pagas extra correspondiente si no están prorrateadas
Si el aviso de la baja voluntaria no se realiza con los 15 días de antelación correspondientes los días de diferencia se restarán del finiquito.
Existe una excepción en la que una baja voluntaria se puede considerar despido: cuando la baja se deba por un incumplimiento grave del contrato o un abuso por parte del empleador.
¿Qué diferencia hay entre liquidación y finiquito?
El finiquito es la cantidad de dinero que recibe un trabajador cuando la relación laboral con el empleador termina de forma voluntaria, mientras que la liquidación es la cantidad de dinero que el empleador debe pagar al trabajador cuando lo despide de forma injustificada.