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¿Todavía no tienes preparado un software que te permita cumplir con la factura electrónica obligatoria que estipula la ley? Esto viene estipulado en la ley de “Crea y Crece” (ley 18/2022) que fue aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado 29 de marzo de 2023.

A partir del momento de la aplicación de la ley, se estipula que las empresas tengan un plazo que oscila entre 1 y 2 años para la emisión y recepción de facturas electrónicas. Si quieres conocer con más detalle esta ley y saber a lo que te puedes exponer si no la cumples, sigue leyendo.

¿Qué novedades aporta la ley de “Crea y Crece”?

El principal objetivo de la ley es incentivar la digitalización, reduciendo al mismo tiempo los costes por transacción y acabar con la morosidad en las operaciones comerciales. Al mismo tiempo, se llevará un mayor control de las transacciones por parte de la Administración, facilitando la transparencia.

La ley 18/2022 nos trae una serie de cambios que atañen a la factura electrónica. Entre ellos, el establecimiento de la obligatoriedad progresiva para que las entidades emitan y reciban facturas electrónicas en sus diferentes transacciones, con independencia de que el organismo sea privado o público.


En el caso de que no se haga el cambio pasado el plazo, supondrá una multa que podría llegar a ser de 10.000 €.

¿Qué requisitos debemos respetar para asegurarnos de cumplir la ley?

Teniendo en cuenta que la sanción por incumplir la ley es muy elevada, es importante conocer con detalle los requisitos a cumplir. Son los siguientes:

  • Formato Facturae: Las facturas tienen que emitirse en formato Facturae, en un archivo XML.
  • Firma: Deben estar firmadas electrónicamente.
  • Envío: El envío se debe llevar a cabo a través de los Puntos Generales de Facturas electrónicos, de entidades locales o de las Comunidades Autónomas.
  • Destinatario público: En el caso de que el destinatario sea un ente público, se ha de indicar el Código DIR3 correspondiente.
  • Destinatario privado: Si se tratase de un destinatario privado, se debe indicar un código DIRe.

¿Qué le hace falta a la empresa para cumplir esta ley?

Además de tener en cuenta los requisitos que ya hemos indicado en el punto anterior, es vital que cuente con un software o plataforma que tenga capacidad para generar las facturas en el formato indicado y remitir a las plataformas citadas.

A su vez, también se necesita una herramienta que dé información sobre los estados en los que se encuentran las facturas electrónicas.

Es importante destacar que, actualmente, es posible acceder al Kit Digital de Subvenciones para PYMES ofrecido por el gobierno. Siempre y cuando se cumplan los requisitos, la cuantía a recibir podría llegar a ser de hasta 2000 € para proyectos relacionados con la factura electrónica. Esta es una de las razones para empezar a hacer el cambio ya mismo y no esperar al último momento para que se acabe el plazo, con la consiguiente sanción que entrañaría.

Por ello, ahora es el momento de prepararse para todos los cambios de la ley de “Crea y Crece”.

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Última actualización del portal: 30/05/2023