En la actualidad, España cuenta con más de tres millones de desempleados. No obstante, existen aún muchas dudas en torno a este tema. Por ejemplo, una de las dudas más recurrentes es acerca de la cotización por desempleo. De hecho, son muchos ciudadanos los que no saben de qué forma se ve afectada su cotización cuando pierden el empleo.
¿Se puede cotizar estando desempleado?
Una de las preocupaciones de aquellos que pierden su puesto de trabajo es la cotización a la Seguridad Social. Por esa razón, es importante aclarar que estaremos cotizando a la Seguridad Social siempre que estemos recibiendo la prestación por desempleo.
Asimismo, estaremos además cotizando a la prestación por jubilación que recibiremos en un futuro. No obstante, no todo el mundo cumple los requisitos necesarios para cotizar estando desempleado.
¿Quién puede cotizar estando desempleado?
Al igual que la propia ayuda por desempleo, no todo el mundo puede optar a esta cotización. En primer lugar, es necesario haber trabajado y cotizado, como mínimo, 12 meses (360 días) en los 6 años anteriores a perder el trabajo. Asimismo, durante los 6 primeros meses de desempleo se cobrará el 70 % de la base reguladora, pasando a ser únicamente el 50 % a partir del día 181.
¿Qué pasa si tengo más de 52 años?
Aquellos desempleados mayores de 52 años que hayan agotado esta prestación contributiva podrán optar a una prestación no contributiva. Para ello, tendrán que cumplir una serie de requisitos que deberán consultar previamente. Esta prestación se concederá hasta cumplir la edad necesaria para cobrar la pensión de jubilación.
En conclusión, la cotización a la Seguridad Social es una acción que pueden llevar a cabo todos aquellos que cobren una prestación por desempleo. No obstante, es importante cumplir una serie de requisitos que dependerán de nuestra situación laboral y personal.
En definitiva, es fundamental estar al tanto de aquellas condiciones que debemos cumplir para poder cotizar durante nuestro tiempo de desempleo.
Instituto BBVA de pensiones. (2019). Ayudas para mayores de 55 años que han agotado la prestación contributiva. BBVA.