Despido disciplinario

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Un despido disciplinario sucede cuando un empresario decide rescindir la relación laboral que tenía con un trabajador debido a un incumplimiento "grave" o "culpable" que ha cometido.

El despido disciplinario, por muy habitual que sea, debe ser motivado y puede llegar a ser impugnable. En el caso de que esto último suceda, el trabajador podría llegar a ser readmitido en su trabajo con las mismas condiciones o cobrar una indemnización por dicho despido, quedando en una situación de desempleo.


Causas del despido disciplinario

Según el art. 54 del Estatuto de Trabajadores, las causas de este tipo de despido pueden ser las siguientes:

  • Que el trabajador falte o sea impuntual repetidamente y sin ser justificado a su lugar de trabajo. Esto está relacionado con el despido objetivo, aunque será el Juzgado Social quien determine si este despido se lleva o no a cabo.
  • Que no cuente con disciplina o  sea desobediente.
  • Que ataque con ofensas (verbales o físicas) al empresario, compañeros o familiares de ambos.
  • Que abuse de confianza o transgresión de la buena fe contractual.
  • Que disminuya el rendimiento acordado, cuando sea continuada y voluntaria.
  • Que presente embriaguez habitual o toxicomanía afectando negativamente al trabajo que realiza..
  • Que presente acoso al empresario o a compañeros.

¿Qué pasa si existe un despido disciplinario?

En otras palabras, qué pasará si un empleado ha sido despedido por despido disciplinario? ¿Cuáles son sus efectos?

  • Si se trata de un despido precedente, la relación laboral se elimina. No habrá indemnizaciones aunque sí podrá obtener el trabajador su finiquito y podrá proceder al cálculo del paro para proceder a él.
  • Si se trata de un despido improcedente, el empresario tiene dos opciones: readmitir al trabajador (y abonar salarios de tramitación, es decir, los que no ha percibido durante su impugnación) o pagar la indemnización que le corresponde.
  • Si el despido es calificado como nulo, el trabajador podrá reingresar a la empresa. Además, la empresa deberá pagarle los salarios de tramitación.

De una manera u otra, el trabajador estará en situación legal de desempleo: podrá acceder al paro y a la prestación que le corresponda.