Comisión de apertura

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La comisión de apertura es un concepto relacionado con las finanzas y los bancos. Se trata de la cantidad que el usuario debe pagar a la entidad financiera a la hora de formalizar un préstamo.

La comisión de apertura se justifica como gastos administrativos y de gestión del propio préstamo. Es decir, que la comisión de apertura se incluye como gastos de la gestión y la administración de haber cedido el préstamo al usuario.

¿Qué porcentaje supone?

Aunque aparentemente pueda parecer un pequeño porcentaje, que varía entre un 0 y un 4%, no se trata de un gasto cualquiera. Realmente es un importe alto para los gastos que realmente suponen. No obstante, las entidades bancarias colocarán un porcentaje diferente según el tipo de cliente, en cuestión de las gestiones administrativas que tengan que realizar por él.


También existe la posibilidad de que la entidad financiera cubra los gastos que suponen al usuario la comisión de apertura, a modo de reclamo o, en su defecto, incluyéndose dentro de la cantidad que va a prestar (junto a los intereses que se generen). Esta última opción es muy habitual, sobre todo, en aquellas entidades en las que publicitan un préstamo sin comisión de apertura alguna.

Por último, como hemos indicado la comisión de apertura puede ocultarse dentro de la cantidad que va a prestar, aunque también cabe la posibilidad de que el banco establezca un tipo de interés muy bajo (siendo aparentemente atractiva la oferta para el usuario) pero con una comisión de apertura alta.

Por ello, se aconseja que el usuario evalúe cada una de las partes del contrato del préstamo que va a firmar y lo compare con otras ofertas de otros bancos. Que se observe las condiciones, las comisiones de apertura, intereses durante la duración del préstamo, etc.